ESCOLASTICO ESPINOZA ESPINOLA - Perfil - 2624XXX

Perfil de ESCOLASTICO ESPINOZA ESPINOLA - 2624XXX

Cédula de Identidad 2624XXX
Partido PLRA
Estado Habilitado para votar
País PARAGUAY
Año 2024

Artículos recomendados

¿Cuál es el proceso para solicitar la eliminación de registros obsoletos o irrelevantes de los antecedentes fiscales en Paraguay?

Los contribuyentes pueden solicitar la eliminación de registros obsoletos o irrelevantes de sus antecedentes fiscales siguiendo un proceso establecido por la SET.

¿Cuál es el proceso de debida diligencia que deben seguir las instituciones financieras al tratar con personas expuestas?

Las instituciones financieras deben realizar un proceso de debida diligencia que implica verificar la identidad de las personas expuestas, evaluar los riesgos y monitorear las transacciones de manera constante. Esto ayuda a prevenir el abuso de cuentas y transacciones financieras.

¿Pueden los empleados de instituciones financieras negarse a cumplir con las regulaciones de AML?

Los empleados de instituciones financieras en Paraguay no pueden negarse a cumplir con las regulaciones de AML. Están legalmente obligados a cumplir con estas regulaciones y deben participar en la debida diligencia y la presentación de informes de AML.

¿Cuál es el plazo de conservación de los antecedentes fiscales en Paraguay?

El plazo de conservación de los antecedentes fiscales puede variar, pero generalmente, la SET conserva esta información durante un período de tiempo determinado por la legislación fiscal.

¿Quiénes están obligados a cumplir con las regulaciones de Debida Diligencia en Paraguay?

Las instituciones financieras, agentes de seguros, notarios, casinos, casas de cambio y otros sujetos obligados están obligados a cumplir con las regulaciones de Debida Diligencia en Paraguay. También deben identificar y verificar la identidad de los clientes y reportar transacciones sospechosas.

¿Puede un cómplice ser condenado si se demuestra que su participación fue bajo coacción, amenaza o temor en Paraguay?

La coacción, amenaza o temor pueden ser considerados como una defensa si se demuestra que el cómplice actuó bajo su influencia y sin su libre voluntad.

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