JUAN ANDRES LESME ROMERO - Perfil - 6297XXX

Perfil de JUAN ANDRES LESME ROMERO - 6297XXX

Cédula de Identidad 6297XXX
Partido ANR
Estado Habilitado para votar
País PARAGUAY
Año 2024

Artículos recomendados

¿Puede un cómplice ser liberado antes de cumplir su condena si muestra un comportamiento ejemplar en prisión en Paraguay?

Un cómplice puede ser elegible para la liberación anticipada si muestra un comportamiento ejemplar en prisión y cumple con los requisitos establecidos por las leyes de libertad condicional en Paraguay.

¿Cuáles son los tipos de bienes que pueden ser embargados en Paraguay?

En Paraguay, pueden ser embargados diversos tipos de bienes, incluyendo dinero en cuentas bancarias, propiedades, vehículos, joyas y otros activos de valor.

¿Puede un cómplice ser condenado si se demuestra que su participación fue bajo coacción, amenaza o temor en Paraguay?

La coacción, amenaza o temor pueden ser considerados como una defensa si se demuestra que el cómplice actuó bajo su influencia y sin su libre voluntad.

¿Cuál es el procedimiento para la liquidación de bienes muebles embargados en Paraguay?

La liquidación de bienes muebles embargados en Paraguay implica la venta de estos bienes para pagar la deuda. El proceso sigue las normas legales y se lleva a cabo bajo supervisión judicial.

¿Puede un individuo impugnar o apelar la inclusión de un registro en sus antecedentes judiciales en Paraguay?

Sí, un individuo tiene el derecho de impugnar o apelar la inclusión de un registro en sus antecedentes judiciales en Paraguay si considera que la información es incorrecta o inexacta. Puede seguir procedimientos legales para hacerlo.

¿Qué sanciones pueden enfrentar las instituciones financieras en Paraguay por no cumplir con KYC?

Las instituciones financieras en Paraguay pueden enfrentar sanciones legales y administrativas por no cumplir con KYC, incluyendo multas, la revocación de licencias y posibles acciones legales. Además, pueden sufrir daños a su reputación y pérdida de clientes.

Otros perfiles similares a Juan Andres Lesme Romero